¿Cómo funciona la opción tarifaria?
Mediante las resoluciones CREG 048 y 109 del 2020, el Gobierno Nacional estableció un esquema tarifario aplicable a los usuarios regulados, de la siguiente forma:
Para los usuarios de los estratos 1 y 2, la medida se aplicará de manera automática y no se podrá solicitar su retiro de la opción tarifaria transitoria.
Para los usuarios de estratos 3, 4, 5, 6, de uso comercial e industrial regulado, se estableció la posibilidad de acogerse de manera voluntaria a la opción tarifaria transitoria.
De acuerdo con lo anterior, si desea acogerse a dicha opción, deberá llamar a nuestro call center 164 ó nuestra línea 018000911300 Una vez llame, podrá inscribirse con su número de suscripción.
Puede realizar el pago en línea desde nuestro portal o imprimir este cupón y pagar en las entidades de recaudo Efecty, Supergiros, y Olímpica.
Es importante aclarar que los usuarios de los estratos 3, 4, 5, 6, de uso comercial e industrial regulado, podrán desistir de la aplicación de esta opción tarifaria, para lo cual deberán cancelar el saldo acumulado que presenten a la fecha, el cual será indicado en la factura mensual del servicio en el campo denominado Saldo acumulado opción tarifaria.
Para todos los usuarios de los estratos 1 y 2 la opción tarifaria y la financiación del saldo se reflejará durante un período de mínimo 12 meses y máximo de 60 meses, a partir de su aplicación.
Para los usuarios estratos 3, 4, 5 y 6, de uso comercial e industrial regulado en los que se aplique la opción tarifaria, la financiación del saldo se reflejará en un periodo máximo de 60 meses, contados a partir de su aplicación.
Conforme a lo previsto en el inciso segundo del Artículo 130 de la Ley 142 de 1994, “El propietario o poseedor del inmueble, el suscriptor y los usuarios del servicio son solidarios en sus obligaciones y derechos en el contrato de servicios públicos”.
Si desea conocer más sobre la opción tarifaria transitoria consulte los documentos completos: Res. 048 y Res. 109.