Asegurados:
Hasta 3 habitantes del predio en el cual se presta el servicio público, que cumplan con las siguientes condiciones:
Beneficiarios:
En el caso de los predios comerciales, tienen la calidad de Asegurados hasta tres (3) representantes legales del predio en el cual se presta el servicio público, siempre y cuando sean mayores de dieciocho (18) años de edad y figuren registrados como tales en el Certificado de la Cámara de Comercio.
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